La convivencia del progenitor custodio con una pareja estable en la vivienda familiar extingue el derecho de uso de la vivienda.

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en sentencia número 641/2018, de 20 de noviembre, se ha pronunciado en relación a la determinación de los efectos que produce la convivencia del progenitor que tiene atribuido el uso de la vivienda familiar junto a los hijos menores, con una nueva pareja, respecto de este derecho de uso, declarando que el citado derecho en tales circunstancias no podrá extenderse más allá del tiempo necesario para liquidar la sociedad de gananciales existente entre ambos progenitores.

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